¿Qué mercancías forman parte del equipaje personal que puedo traer a México sin pagar impuestos?
Esta información es por carretera. La mercancía que se puede traer a México como parte del equipaje personal sin pagar impuestos desde los Outlets de San Marcos o de San Antonio(no lo olvide, sin etiquetas, bolsas, envoltorios, precios y en maletas): tu ropa, calzado y productos de aseo y belleza de acuerdo a la duración de tu viaje, incluye un ajuar de novia. Si vienes con bebés los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento (silla, cuna portátil, carriola, andaderam entre otros. Dos cámaras fotográficas o de videograbación , hasta 12 rollos de película o videocasetes, material fotográfico. Dos teléfonos celulares o de radiolocalización. una máquina de escribir, una agenda electrónica y una computadora portátil (laptop, notebook, omnibook u otra similar); una copiadora o impresora portátiles, un quemador y un proyector portátil y sus accesorios. Un radio portátil para grabar o reproducir sonido o uno mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD, así como un juego de bocinas portátiles y sus accesorios. Cinco discos láser, diez discos DVD y 30 discos compactos (CD) o audiocasetes y cinco dispositivos de almacenamiento (por ejemplo USB, iPod) o tarjetas de memoria para cualquier equipo electrónico y tres paquetes de software. Un juego de herramientas de mano con estuche (taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros). Dos instrumentos musicales y sus accesorios. Libros y revistas y documentos impresos. Cinco juguetes, pueden ser de colección, cinco videojuegos y una consola de videojuegos. Las personas con discapacidad pueden traer equipos o aparatos de uso personal que suplan o disminuyan dicha discapacidad (andaderas, sillas de ruedas, muletas y bastones, entre otros). También puede traer desde los Outlets de San Marcos: Medicamentos de uso personal, si son sustancias psicotrópicas (drogas) debes mostrar la receta médica. Un aparato para medir la presión arterial y uno para medir el nivel de glucosa (azúcar). Las personas mayores de 18 años podrán traer máximo 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco y hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino. Una tienda de campaña y equipo para acampar. Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores acuáticos con o sin vela y sus accesorios, siempre que puedan ser cargados por tí mismo. Una caminadora fija y una bicicleta fija. Un binocular y un telescopio.
¿Qué es la franquicia y cuál es el monto a que tengo derecho?
Es el beneficio que tienes para no pagar impuestos por las mercancías que introduces al país.
Si llegas a México por avión o barco puedes traer, en uno o varios artículos distintos de tu equipaje, hasta 300 dólares americanos o su equivalente en otras monedas. Si vienes por carretera en tu vehículo o en autobús, la franquicia es de 75 dólares americanos. Si viajas con tu esposa(o), padres e hijos, la franquicia será acumulable incluyendo a los menores de edad, siempre y cuando viajen juntos en el mismo medio de transporte. Outlets de San Marcos.
La franquicia no incluye bebidas alcohólicas, tabacos labrados ni combustible adicional para el vehículo. Para que la franquicia te beneficie aún más, debes comprobar el valor de las mercancías o regalos que traes a México con facturas o comprobantes de compra que indiquen su valor comercial.
La franquicia por vía terrestre será de hasta 300 dólares, o su equivalente en moneda nacional o extranjera, para los mexicanos que ingresen del extranjero al territorio nacional, durante el periodo: Del 27 de junio al 31 de agosto de 2008 y del 24 de noviembre de 2008 al 09 de enero de 2009.
Evita problemas, declara el excedente de tu franquicia. Outlets de San Marcos. Recuerda que está prohibido traer ropa usada (que no forme parte de tu equipaje personal), llantas y motores usados.
¿Qué está prohibido introducir a México?
Armas de fuego, cartuchos, cargadores, explosivos y sustancias químicas relacionadas con éstos. No los puedes comercializar, porque en México esta es una actividad delictiva, cuya pena puede ser de 5 a 30 años de prisión. Drogas, narcóticos estupefacientes, psicotrópicos, precursores químicos y demás sustancias o vegetales prohibidos por la Ley General de Salud. Recuerda que poseer, fabricar, preparar, vender o comprar, suministrar, transportar, introducir o sacar del país cualquiera de estos productos, constituye un delito grave, cuya pena puede ser de 10 a 25 años de prisión.
Este blog es solamente informativo y no se hace responsable del uso o mal uso que se le pueda dar a la información proporcionada en él.
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